Desde la Consejería de Educación llevan unos meses dando a vueltas a la idea de facilitar el proceso de cambio de jornada escolar en los centros públicos, privados y privados-concertados. En un primer momento derogaron el procedimiento anterior dejando un vacío legal. El pasado 5 de marzo, han publicado el nuevo procedimiento para que cada centro pueda solicitar el cambio de jornada escolar a la Dirección de Aérea Territorial (DAT) de la Comunidad de Madrid (C.M.), cumpliendo todos y cada uno de los pasos que se enumeran en él, poniendo como fecha tope para este año el 19 de abril de 2013.
La propuesta debe de partir de alguno de los miembros del Consejo Escolar del Centro. En breve se va a convocar un Consejo Escolar para tratar el tema y ahí posiblemente partirá el inicio del procedimiento, siempre que algún consejero/a lo solicite. Dado que es la dirección del Centro la que nos ha informado, es casi seguro que se inicie el procedimiento a petición suya. Para continuar adelante se necesita la mayoría absoluta de los integrantes del Consejo y la mayoría absoluta de los padres del Consejo. La representación de padres en el Consejo consta de 5 miembros: José María, Custodia, Enrique, María José y el Presidente del AMPA (Ángel). Los cuatro primeros pueden ejercer su voto libremente en el Consejo Escolar, en base a lo que mejor crean para sus hijos/as y para el resto de madres y padres de alumnos que representan, y aunque lo normal es escuchar a las madres y padres que los votaron, su voto no está vinculado a nada. En el caso del voto que representa al AMPA, el presidente de la Asociación ocupa su puesto en el consejo Escolar por su cargo, y obviamente su voto es representativo de los socios, siendo este vinculado a lo que dicen la mayoría de los Socios del AMPA. Con la intención de hacerlo de una forma democrática se deberá de
convocar una votación entre los socios del AMPA que estén a día de hoy al corriente de pago, socios del AMPA que sean madres y padres de alumnos del CEIP Miguel Delibes. El resultado de la votación será el voto que lleva el presidente al Consejo Escolar en representación de lo elegido por los socios.
Si las votaciones en el Consejo Escolar salieran favorables por mayoría absoluta del Consejo Escolar y mayoría absoluta de los padres, se llevará a cabo una consulta al Claustro de Profesores y otra a las madres/padres de alumnos del Colegio, no impidiendo el procedimiento a que ambas partes tengas reuniones propias, llegado el caso es la
intención del AMPA crear un debate informativo en el que estén representadas ambas partes y expongan sus posturas dentro de la cordialidad y el arraigo democrático, en el que podrán participar todos los presentes, sean socios o no de la Asociación. La consulta al claustro se considerará favorable si la mayoría absoluta del Claustro
vota a favor del cambio de jornada.
La consulta a los padres o representantes legales de los menores tiene carácter obligatorio y deberá realizarse conforme al siguiente proceso:
a) Reunión informativa: La reunión informativa será convocada por el equipo directivo, en colaboración con los
representantes de los padres de alumnos en el Consejo Escolar. El Secretario del centro levantará acta de la reunión informativa con las familias.
b) Actualización y publicación del censo: El censo de votantes estará formado por todos los padres o representantes legales de los menores que estén matriculados en el centro. Dicho censo será actualizado por el Consejo Escolar, quedando recogida dicha circunstancia en el acta de la sesión, y será expuesto en el tablón de anuncios del centro.
Se establece un plazo de reclamaciones de tres días lectivos contados a partir del día siguiente al de su exposición. Una vez resueltas las reclamaciones, se expondrá el censo definitivo en el tablón de anuncios del centro.
c) Constitución de la mesa electoral: La mesa electoral estará integrada por el Director del centro y cuatro padres o representantes legales de los menores designados por sorteo de entre los incluidos en el censo. Dicho sorteo será realizado por el Consejo Escolar que, por el mismo procedimiento, elegirá a cuatro suplentes.
La mesa electoral se constituirá el día fijado para la votación una hora antes del inicio de la misma. Actuará como Presidente el Director del centro y como Secretario el representante de los padres de menor edad. Podrá actuar como supervisor de la votación un padre o representante legal de los menores propuesto por cada Asociación o Asociaciones de Padres de Alumnos legalmente constituidas en el centro.
d) Votación: La votación será convocada por la mesa electoral con una antelación mínima de cinco días naturales y suficiente publicidad para que pueda ser conocida por todas las familias y se realizará en un único día en un horario que facilite el ejercicio del voto a todos los integrantes del censo. Solo podrá celebrarse una votación por curso escolar para esta finalidad.
A cada persona le corresponderá un solo voto, que será personal y no delegable y podrá ser emitido por correo. La papeleta de voto se ajustará al modelo que se incluye en el Anexo II de la presente Orden.
Para facilitar el ejercicio del voto por correo, los centros proporcionarán con antelación suficiente a los solicitantes de esta modalidad la papeleta de votación y un sobre para entregarla de forma confidencial. Quienes hagan uso del voto por correo enviarán el sobre de votación por correo postal al centro, acompañado de una fotocopia del DNI o documento acreditativo equivalente. Para ser considerados válidos, los votos por correo deben obrar en poder de la mesa electoral antes de la realización del escrutinio.
Las decisiones de la mesa electoral podrán ser recurridas ante la misma en el plazo de tres días lectivos contados a partir del día siguiente a que se adopten.
e) Acta: Terminada la votación, la mesa electoral realizará el escrutinio, que será público. El Secretario de la
citada mesa levantará acta firmada por todos los componentes De la misma. Posteriormente, la trasladará al Presidente del Consejo Escolar, debiendo exponerse una copia en el tablón de anuncios del centro.
Dicha acta se ajustará en su modelo y diseño al Anexo III de la presente Orden.
f) Validez de la votación: La votación será considerada válida si ha participado en ella un mínimo
de dos tercios del total de personas que componen el censo y, para que la propuesta se considere aprobada, deberá constar la conformidad de un mínimo de dos tercios de los votos registrados.
En el caso de no alcanzar las mayorías requeridas, el Consejo Escolar se abstendrá de solicitar autorización para el cambio de jornada escolar. La mayoría requerida a la validez de la votación de las madres/padres o representantes legales de los alumnos será considerada válida
si ha participado en ella un mínimo de dos tercios del total de personas que componen el censo y, para que la propuesta se considere aprobada, deberá constar la conformidad de un mínimo de dos tercios de los votos registrados.
A parte del procedimiento de cambio de jornada, ¿Qué deberías saber...?
- El horario de la jornada escolar de los alumnos pasaría a ser de 09:00h. a 14:00h. con un recreo de 30 minutos.
- El servicio de comedor pasaría a ser de 14:00h. a 16:00 horas.
- Intentaremos hacer todo lo posible para mantener el servicio de Guardería para las familias que lo necesiten de 16:00 a 17:30h.
- Las
extraescolares se mantendrían en su horario de 16:15 a 17:17:15h. las de la primera hora y de 17:15 a 18:15 las de la segunda hora.
¿Qué nos tememos que pueda pasar...?
- Que como la jornada escolar termina a las 14:00h. haya una baja masiva de los niños en el comedor, tirando de familia para recogerlos y ahorrándose las familias la cuota de comedor, dejando sin trabajo a la mitad de las
cuidadoras que ahora se hacen cargo de este servicio.
- Que disminuyan considerablemente la afluencia a extraescolares, porque si nos llevamos a casa a los niños y nos ahorramos un viaje, no lo vamos a dar para llevarlos a la extraescolar. Con lo que tendremos que cerrar muchas extraescolares porque tenemos que recordar que para abrir una extraescolar se necesitan al menos 10 alumnos y con menos de 8 deja de ser rentable para la empresa que da las extraescolares y se puede cerrar el grupo.
- Que la guardería sea inviable para las familias, el coste este año es de 22.00€ por niño (sin subvención), pero si las familias tiran también de los abuelos, se puede poner en más de 45.00€, siendo un sacrificio muy grande para las familias, que aparte de pagar el comedor tengan que pagar la guardería a ese precio.
El resto de preguntas se pueden quedar para el debate.
Os haremos llegar toda la información que estamos manejando para que podáis elaborar un juicio de valor sobre este tema que se nos presenta.
Recordar por ultimo que el objetivo que todos pretendemos debemos centrarlo en los alumnos, en que no se pierda nada referente a la calidad de la enseñanza, y por supuesto se sigan manteniendo los referentes en la igualdad en las familias.